Permisos de apertura en domingo y festivo el 2025
- 5 de enero
- 9 de junio
- 24 de septiembre
- 1 y 30 de noviembre
- 6, 7, 14, 21 y 28 de diciembre
Referencia normativa
Tiendas entorno a mercados de marchantes que se celebren en día festivo.
Durante el mismo horario en que se haga el mercado, cuando el ayuntamiento así lo autorice.
*La petición debe hacerse con un mes de antelación a la fecha de apertura
Horarios de cierre de los establecimientos de pública concurrencia
HORARIO DE CIERRE (ampliaciones especiales del 21 de diciembre al 6 de enero) | |||
TIPO DE ESTABLECIMIENTO | Obertura | Cierre | Viernes, sábados y vigilia de festivos |
Restaurante, bar, restaurant bar, restaurante musical y salón de banquetes | 06:00 h | 02:30 h | 03:00 h |
Bar musical | 12:00 h | 02:30 h | 03:00 h |
Discoteca, sala de baile y sala de fiestas con espectáculo | 17:00 h | 05:00 h | 06:00 h |
Sala de concierto, café teatro y café concierto | 17:00 h | 04:30 h | 05:00 h |
Discoteca de juventud | 17:00 h | 22:00 h | 22:00 h
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